Más de 100 países han aprobado en Dublín el texto de un Tratado internacional para prohibir las bombas de racimo.
Éste prohíbe la utilización de este tipo de bombas e ilegaliza la
fabricación, uso, posesión o venta de las mismas. ¿El motivo? Son armas
que causan daño a la población.
El próximo mes de diciembre, enOslo,
los estados que han aprobado el texto podrán firmar para ratificar lo
hoy aprobado y hacer que por fin desaparezcan las bombas de racimo. Tan sólo con que 30 estados lo hagan, será suficiente para que entre en vigor.
El Tratado impone que que los países deberán de destruir su arsenal lo antes posible, a más tardar dentro de 8 años tras la ratificación del mismo. Cualquier posible retraso debe ser justificado con información exhaustiva ante Naciones Unidas.
Este impresionante video muestra a un hombre muriendo. Las palabras que pronunciaba la víctima antes de morir: "Don't kill me, man. Don't kill me" ("No me mates hombre, no me mates"). Según leo aquí y aquí, y si entiendo bien, el hombre habría mostrado un comportamiento agresivo como consecuencia de no haber tomado un medicamento para la epilepsia; la esposa del hombre llama al 911 y la policía llega (no los paramédicos); parece que los policías tratan al hombre como a un delincuente esposándolo e inmovilizándole sus piernas; al llegar a la comisaría comienza a filmarse este video y supuestamente estarían tratando de quitarle las esposas mientras el hombre pronuncia las palabras antes dichas; mientras esto pasaba le habrían sido aplicados varios choques eléctricos por uno de los agentes policiales, al poco tiempo de esto, el hombre no muestra signos vitales y le son aplicados primeros auxilios que no surten efecto. El caso es llevado a juicio y no se encuentra a nadie como culpable. Este es el segundo video que publico que estaría relacionado con un oficial de policía que estaría aplicando choques eléctricos de manera innecesaria. Más allá de si la muerte se debió, o no, a los choques eléctricos, a tortura, ¿era necesaria la aplicación de estos choques para contener a un hombre inmovilizado de pies y manos, más si se considera la cantidad de policías que lo rodeaban?.
El tipo
no usa pintura para hacer este "grafitti"; sólo limpia parcialmente la pared ennegrecida por el
humo arrojado por los tubos de escape que se acumuló en la pared del
túnel; los policías no pueden detener al tipo por limpiar las paredes.
Más allá de que se pueda controlar o no a los usuarios que transfieren archivos con copyright a Internet o a un medio digital (CD, pendrive, etc.), de que se sea partidario de controlarlos o no, se debe ver el otro lado de la moneda, y este es: ¿qué es lo que se está premiando? (no sólo ver qué se castiga?. Lo que se está premiando (o tiende a ello) es la producción de información y la buena compilación de ésta. Se debe tratar de buscar el hueco, dónde hay una posible reconciliación de las corrientes; en mi opinión: pensar que la copia de una película impedirá que la gente vaya al cine del todo es una necedad; el cine debe adaptarse a esta circunstancia y producir películas que necesiten del cine para producir un efecto especial; hecho esto, no importará tanto si se hacen copias, la gente irá a ver películas al cine si se contagiará de la risa del público, si estará a oscuras con su pareja y si verá la pata de Godzilla en pantalla gigante; en cuanto a los libros, por más papel electrónico que haya, de momento será más accesible para algunos estratos comprar libros tradicionales que libros digitales y que ver libros en PC´s; en cuanto a la música, los cantantes deberán darle más importancia a los conciertos en vez de sólo querer vender discos; más allá de si se está de acuerdo o no con la piratería, la industria debe adaptarse; en esto último creo que se pueden poner de acuerdo tanto los defensores del copyright como los defensores del copyleft. Hoy en día medio mundo conoce a Ares, la piratería cunde por doquier y sigue habiendo industria (incluso un ejecutivo de Microsoft ha confesado requerirla; la industria podrá decrecer en la medida en que no ofrezca calidad… ¿quién querrá gastar dinero si buena parte de las películas muestran incoherencias, errores, malas actuaciones y malos guiones?; habrá quien lo gaste a mansalva, pero habrá quien decida descargar la copia y decidir si después de ver parte o la totalidad de "Godzilla" valdrá la "pena" invitar a la novia antes de pasar una "pena" viendo que hay una farmacia abierta con Godzilla en las calles; la industria debe ofrecer calidad y atreverse a competir en materia de precios dentro de límites razonables de la mano del Estado, quien no sólo debe tratar de impedir la piratería indiscriminada, sino que debe tratar de que siga habiendo estímulo para los autores (y compiladores) y dar sustento a cuanto desempleado acude a la piratería como medio de subsistencia… ¿qué dice un pirata cuando en un solo CD ofrece 3 o hasta 6 películas con calidad aceptable?... Dice: "la industria podría hacer esto, pero no lo hace". Y sí, adivinaste, en realidad lo que quería era postear sobre Godzilla, jajajajaja.
Bastó que el padre pagara y solicitara la licencia; el ejemplo más patético de lo que la cultura del salvaje Oeste ha legado a los estadounidenses de hoy... y después pasan las tragedias. La respuesta de la autoridad, algo así como "no hay nada que lo prohiba".
El Poder Constituyente es el poder que elabora la Constitución o que la reforma o enmienda. Comúnmente se distingue un poder constituyente primario u originario de un poder constituyente derivado.
Poder constituyente originario y derivado
La expresión poder constituyente originario tiene un sentido lato y un sentido restringido:
En un sentido restringido, se entiende por poder originario o constituyente primario, tanto enderecho constitucionalcomo en las ciencias políticas, al pueblo; el poder originario está encarnado por el pueblo en virtud de la soberanía popular, la cual es intransferible. Lospoderes públicosactúan en representación de aquél; a ellos les es encomendado el cumplimiento de determinadas funciones en representación delpueblo;
sin embargo, el poder originario reside en el pueblo; en virtud de
esto, ningún poder público representante del pueblo puede actuar en
contra de la voluntad de éste. El poder originario estaría encarnado
por elpueblo, en virtud del principio desoberanía popular, o en la nación, en virtud del principio de soberanía nacional.
En un sentido lato, el poder constituyente originario es
aquel que crea la primera Constitución de un Estado; en este sentido,
con frecuencia, actua como poder constituyente originario una Asamblea constituyenteque, al aprobar la primera Constitución de un país, está poniendo de manifiesto jurídicamente su nacimiento.
El poder constituyente derivado es aquel establecido en la
Constitución que debe intervenir cuando se trata de reformar la
Constitución. La Asamblea Nacional Constituyente puede actuar dictando
una Constitución que no sea la primera del país; en este caso, la
Asamblea actuaría como poder derivado. Se trata de un Estado que ya
tenía una Constitución, en el cual podría producirse un cambio radical
de todas sus estructuras (revolución).
La Constitución que se dicta consagrando nuevas estructuras políticas,
sociales y a veces económicas es el fruto de un Poder Constituyente
originario, aunque no se trate, históricamente de la primera
Constitución del país; sin embargo, el poder constituyente derivado es
generalmente es ejercido por unaasamblea, congresooparlamento.
En la gran mayoría de los casos en que se dicta una Constitución
luego de un proceso revolucionario, los órganos que intervienen y el
procedimiento que se utiliza para dictarla, no son los previstos en la
Constitución anterior. Si se dictase una nueva Constitución por los
órganos previstos por la Constitución anterior, estaríamos ante una
actuación del poder constituyente derivado.
El poder constituyente derivado es un poder que puede coexistir con lostres poderes clásicos, en los regímenes de Constituciónrígida, cuya función es la elaboración de las normas constitucionales,
las cuales se sancionan habitualmente a través de un procedimiento
diferente al de las leyes.